“Es un fallo con una respuesta muy ambigua y preocupante porque, claramente, abriría un flanco para que los empleadores abusen”. Así de categórico calificó el secretario de Negociaciones Colectivas, Conflictos y Solidaridad de la CUT y consejero nacional, José Galaz, una resolución de la Corte de Apelaciones que aprobó la revisión de los correos electrónicos de una trabajadora de la empresa de estudios de mercados CADEM, sin estar ella presente ni autorizarlo en su ausencia, lo que vulnera el derecho a la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada, consagrada en el Artículo 19, número 5, de la Constitución Política de Chile: “la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada. El hogar sólo puede allanarse y las comunicaciones y documentos privados interceptarse, abrirse o registrarse en los casos y formas determinados por la ley”.
El caso se remonta a agosto del 2016, cuando la entonces directora de Campo de CADEM, Mara Moreno, con 32 años de servicio en la empresa, fue despedida supuestamente por transferir información sensible a la competencia, acusación que desmiente categóricamente y que incluso, afirma, no ha sido fehacientemente probada por la justicia. Mara alegó su caso en el Primer Juzgado de Letras del Trabajo: “mi ex empleador reconoció que mientras me encontraba con licencia médica (es decir, yo no estaba presente) ni con ninguna orden de un fiscal, se revisaron mis correos electrónicos”, explicó, agregando que el tribunal, en septiembre del año pasado, “falló a mi favor en el juicio de tutela que interpuse contra CADEM, señalando que en mi despido se había vulnerado el Artículo 19 de la Constitución”, condenando a la empresa a pagar cerca de $56 millones y la prohibición, por dos años, de ejecutar contratos con el Estado.
Sin embargo, CADEM, recurrió en noviembre del 2017 a la Corte de Apelaciones, y en un hecho calificado como sin precedentes, los jueces, en febrero de este año, revirtieron la decisión. Al respecto Mara, contó que dicha Corte resolvió que “se aprueba la revisión de correos electrónicos de los trabajadores en determinadas circunstancias (…). Con este fallo, generan una jurisprudencia que permite que los empleadores, “en casos calificados”, vulneren el derecho que nos concede la Constitución de la República, no investiguen a fondo la veracidad de las acusaciones y despidan a sus trabajadores sin derecho a indemnización”.
Visiblemente conmovida al recordar los 32 años que dedicó con mucho profesionalismo, lealtad y entrega a CADEM puesto que “postergué mi vida por esta empresa. Comencé como encuestadora, luego fui supervisora y llegué a directora de campo”, Mara manifestó su molestia y extrañeza que a los cuatro días de conocerse el fallo de la Corte, su caso fuese expuesto como noticia en un medio de comunicación nacional: “con bombos y platillos se estaba dando a conocer el juicio, o sea se estaba publicitando que el empresariado estaba ganando para vulnerar los derechos de los trabajadores. Estoy, injustamente, denigrada de forma pública”.
Mara seguirá su batalla legal para revertir este fallo porque más allá de rechazar las acusaciones que le endilgan, más allá de asegurar que la “asesinaron laboralmente”, más allá de considerar que se buscó una excusa de esta envergadura para despedirla sin derecho a su indemnización por años de servicio, aquí el tema de fondo es que con este fallo judicial se vulnera un derecho fundamental: “más que tratar de recuperar un monto económico o un prestigio laboral que me costó 32 años formar, esto lo hago porque no podemos permitir que una vez más, los derechos de los trabajadores sean vulnerados”.
En tanto, Galaz, señaló que “vamos apoyarla en la Corte Suprema para que este fallo se rectifique. No hay precedente para este caso. En el Consejo Directivo Nacional planteé el tema de lo que está sucediendo con estos fallos que contienen respuestas ambiguas, como el término “en determinadas circunstancias”, dejando la puerta abierta para el aprovechamiento empresarial. Los trabajadores tenemos que estar alerta ante este tipo de situaciones, porque se está violando la Constitución chilena”.